miércoles, 14 de enero de 2009


Derechos humanos y pena de muerte

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, en todo el mundo y sin reservas, por entender que se trata de una violación del derecho a la vida, universalmente garantizado. No importa el motivo que aduzca un gobierno para matar a presos ni el método de ejecución utilizado: la pena de muerte no puede desligarse del tema de los derechos humanos. El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama que «Todo individuo tiene derecho a la vida». El artículo 5 estipula categóricamente que «Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes». Amnistía Internacional cree que la pena de muerte viola estos derechos.

Lapidación
La lapidación es un medio de ejecución muy antiguo, consistente en que los asistentes lancen piedras contra el reo, hasta matarlo. Como una persona puede soportar golpes fuertes sin perder el conocimiento, la lapidación puede producir una muerte muy lenta. Esto provoca un mayor sufrimiento en el condenado, y por ese motivo es una forma de ejecución que se abandonó progresivamente a medida que se iban reconociendo los derechos humanos, junto con medidas como la tortura.
Actualmente, este procedimiento está localizado principalmente en países de África donde se castiga a las mujeres que mantienen relaciones sexuales ilegales. La ejecución por lapidación suele llevarse a cabo estando el reo enterrado hasta el cuello o atado de algún modo mientras una multitud de gente le tira piedras.
La horca como instrumento de ejecución
La horca puede provocar la rotura del cuello. La horca con plataforma pone inconsciente a la persona, a la que deja sin respiración, produciendo una muerte rápida. Pero el mecanismo principal causante de la muerte de la persona es la isquemia que se produce a nivel de la corteza cerebral. La cuerda, situada alrededor del cuello ejerce una presión, que colapsa los vasos del cuello, tanto las venas yugulares como las arterias carótidas. De hecho se han descrito casos de ahorcados traqueostomizados. La horca, sigue utilizándose como método de ejecución legal en algunos países de Asia, como Irán, Singapur o Japón. En Estados Unidos hay estados que contemplan la posibilidad de la ejecución por horca, pero generalmente se utiliza la silla eléctrica o la inyección letal. Como en otros casos en que el cadáver queda de pie, el ahorcamiento provoca una erección post-mortem

Silla eléctrica,
máquina utilizada para la aplicación de la pena capital.
En principio, la inconsciencia debe producirse en una fracción de segundo. Sin embargo, hay informes de víctimas cuyas cabezas ardieron. En otros casos el transformador se quemó, lo que que implica el dejar al reo gritando de dolor en el suelo del cuarto de ejecución mientras se arreglaba la silla. En 1946, la silla eléctrica no mató a Willie Francis, quien gritaba "¡Paren! ¡Déjenme respirar!" mientras era ejecutado. El motivo fue que la silla había sido mal instalada por un ayudante ebrio. El caso fue llevado a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, (Francis v. Resweber), 329 U.S. 459 (1947). Los abogados del criminal argumentaban que Francis fue ejecutado tal como lo ordenaba la sentencia judicial; sin embargo no murió pero igual se cumplió la sentencia. El argumento fue rechazado y Francis volvió a la silla eléctrica al año siguiente.
En todo caso, aún cuando la ejecución se lleva a cabo correctamente, siempre se quema algo de piel y es desagradable para los guardias el tener que separar la piel quemada de los cinturones de la silla. El reo pierde el control de sus músculos después del primer choque eléctrico y puede llegar a defecar u orinar. Esto llevó a un refinamiento en las sillas más modernas.

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